Expediente de 2ª consignación monetaria (autos 297/2021)
LISTADO DE ACREEDORES DEL EXPEDIENTE DE CONSIGNACIÓN DE DINERO CONCURSAL 297/2021
FORMULARIO DE SOLICITUD DE DINERO CONCURSAL 297/2021
INSTRUCCIONES DE SOLICITUD DE DINERO CONCURSAL 297/2021
▼ Solicitudes de Pago 2026
► Solicitudes de Pago 2025
► Solicitudes de Pago 2024
Una vez compruebe usted que se encuentra incluido en el listado de afectados de este expediente de consignación dineraria, que puede consultar aquí
podrá solicitar la entrega del dinero consignado a su favor, para lo que deberá realizar los siguientes pasos:
- Cumplimentar y firmar el Formulario de Solicitud, que puede descargar aquí
- Una vez cumplimentado y firmado el Formulario de Solicitud, debe enviarlo por uno de los siguientes medios:
-
por correo electrónico, a la dirección:
consignacion@liquidacionafinsa.com
-
por correo postal, a la siguiente dirección:
HERRANZ & MONTENEGRO GESTIÓN, S.L.
Apartado de Correos nº 18145
28080 MADRID
- Y deberá acompañar la siguiente documentación:
- Fotocopia de su DNI
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde desea que se le transfiera la cuantía que le corresponda
- En caso de que la solicitud se realice por un representante del acreedor, poder notarial que acredite tal representación
- En caso de fallecimiento del acreedor titular, los herederos del fallecido deben aportar:
- Certificado de Defunción.
- Testamento (de no existir: Declaración de herederos abintestato).
- Sólo en caso de varios herederos, escrituras de aceptación y partición de la herencia (de no existir, es válido un documento realizado por los herederos, indicando la aceptación y adjudicación del crédito de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A. original y firmado por todos y cada uno de los herederos)
- Fotocopia del DNI de todos los herederos.
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones (debe aparecer en la liquidación del citado impuesto los contratos de AFINSA).
- Certificado bancario de todos los herederos o de uno de ellos, en caso de tener autorización del resto o asumir la responsabilidad de su distribución entre el resto de herederos.
En caso de existir varios herederos, se podrá realizar una única transferencia a favor de aquel heredero que se encuentre debidamente autorizado por el resto de herederos y asuma la responsabilidad expresa de distribución de la forma que corresponda, exonerando a AFINSA y a la gestora de toda responsabilidad al respecto.
Los acreedores afectados por este expediente disponen de un plazo de CINCO AÑOS para solicitar la entrega de las cuantías
que tienen consignadas a su favor en este expediente 1078/2019, a contar desde el Auto dictado por el Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid
en que ha dispuesto dicho plazo, esto es, desde el 6 de febrero de 2024, por lo que el plazo finalizará en fecha 6 de febrero de 2029.